Page 16 - Revista científica HMVM ::: Hospital General de Agudos "Magdalena V. de Martínez"
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16 Hospital Zonal Gral. de Agudos “Magdalena Villegas de Martínez” - CODEI HMVM
(esto distingue a nuestro país de otros de La- hacia la población sana por sobre la enferma, para
tinoamérica) y los dos laboratorios de mayor mejorar el estilo de vida, “life style”. Se venden
venta son nacionales (Roemmers y Bagó). medicamentos para situaciones que no son en-
Existen laboratorios estatales que tienen una fermedades y hasta que pueden ser dañinos a la
gran potencialidad, aunque su participación salud” (Pérez Peña, 2004).
es reducida. Si se estimulara la Producción Por otro lado, aparecen las campañas publici-
Pública de Medicamentos, Vacunas y Tecno- tarias realizadas por los laboratorios, mediante
logía Médica (PPM) se generarían avances revistas especializadas, cursos y entrega gratuita
regionales y se recuperaría la soberanía. de muestras, promocionan la venta de determina-
5- El alto grado de inversión de rentas del sec- das marcas, dirigiéndose a los profesionales que
tor en publicidad que los buscan vender ejercen poder sobre los pacientes. El tradicional
-muchas veces- como soluciones mágicas sistema de visitadores médicos busca modificar
que mejoran la vida. “En una sociedad con- los patrones fármacos-terapéuticos, por eso la im-
sumista el éxito depende de la creación de portancia de los Agentes de Propaganda Médica
necesidades innecesarias, y el marketing (APM) que pueden llegar a atribuir condiciona-
es necesario para conseguir este objetivo” mientos sobre los médicos para que prescriban
(Ugalde y Homedes, 2009:317). La inversión determinadas marcas.
en publicidad puede dividirse en dos estra- El mayor inconveniente es que se está “vendien-
tegias “peligrosas” que disfrazan al marke- do y comprando” con la violencia, la injusticia so-
ting de medicamentos como educación e cial, el dolor de las personas, cuando se trata a
investigación: los medicamentos como un bien de consumo y
Por un lado, existe la dirigida por los medios de no como un derecho al que tienen que acceder
comunicación masivos, que apuntan su accionar quienes los necesitan.
HITOS EN POLÍTICAS DE MEDICAMENTOS: MARCO NORMATIVO
Y ACCIONES CENTRALES EN LA COYUNTURA
“Derecho a la preservación de la Salud”, “De- 486 de marzo de 2002, cuyo objetivo fundamental
recho al cuidado de la Salud Física”, “Derecho al era garantizar el acceso a los bienes y servicios
cuidado de la Salud Moral”, “Proveer a la Salud básicos para la conservación de la salud de la po-
Pública”, son sólo ejemplos de lo establecido en blación Argentina.
la Constitución de 1949, que están en oposición a Se define a “la falta de acceso a medicamentos”
como está escrito el artículo 42 de nuestra Carta como un problema social sobre el cual se debe
Magna actual de 1994: “Los consumidores y usua- generar un acción pública. Desde el Ministerio de
rios de bienes y servicios tienen derecho, en la Salud de la Nación se implementó una política con
relación de consumo, a la protección de su salud, el objetivo de garantizar el acceso a la población,
seguridad e intereses económicos; a una informa- basándose en la idea de la distribución universal,
ción adecuada y veraz; a la libertad de elección, y gratuita de medicamentos, desde el ámbito nacio-
a condiciones de trato equitativo y digno” (Cons- nal y prometiendo la planificación, en un futuro, de
titución Nacional, 1994: ART. 42) la producción estatal.
¿Somos consumidores de salud o todos los que En el año 2001 los organismos internacionales
pisen el suelo argentino tienen derecho a la Salud habían recomendado el establecimiento de ac-
Pública? Este interrogante es vital en nuestra co- ciones que aseguren el acceso a ciertos medica-
yuntura puesto que la Salud es sólo un derecho mentos, los llamados esenciales que son aquellos
por los tratados internacionales. que “sirven” para satisfacer las necesidades de
Como consecuencia de la crisis financiera, eco- atención de la mayoría de la población. Por esta
nómica, política y social de diciembre de 2001 se razón, parafraseando al Comité de Expertos de la
estableció la Ley Nacional Nº 25.561 de Emergen- OMS en Medicamentos Esenciales, deben hallarse
cia Pública y como se declara la Emergencia Sa- disponibles en todo momento en las cantidades
nitaria Nacional, mediante el Decreto Nacional Nº adecuadas y en las formas farmacéuticas que se